
Requisitos para
Matrimonios de Extranjero y Dominicano
1.- Actas de
nacimientos originales de los contrayentes, la del extranjero (a) debe estar
legalizadas por el cónsul dominicano (de su país de natalidad) y traducida al
español.
2.- Fotocopias del
pasaporte del contrayente extranjero y copia de la cédula del
dominicano.
3.- Actas de soltería
de los contrayentes (o de divorcio), la del contrayente extranjero (a) deberá
estar legalizada por el cónsul dominicano (de su país de natalidad) y traducidas
al español. La del contrayente
dominicano debe estar legalizada por la procuraduría.
4.-Dos testigos que no
sean parientes de los contrayentes (y fotocopia de sus pasaportes o
cédulas).
5.- Si tienen hijos en
común, deberán traer actas de nacimientos de los hijos, si los hijos son
extranjeros las actas deberán estar legalizadas por el cónsul dominicano (de su
país de natalidad) y traducidas al español.
NOTA: Todos los documentos
provenientes del extranjero deberán ser traducidos al español y apostillado por
el cónsul de su país, conforme a la convención de la haya del
05/10/1961.