
EL USO DE LAS
TOGAS
La Ley 821 de 1927 de
Organización Judicial en su artículo 11 establece que “en las audiencias
públicas los jueces, los procuradores generales, los procuradores fiscales y los
abogados estarán obligados a llevar toga y birrete
calado”.
La toga es un traje
que usan los magistrados encima de un traje ordinario. La misma será de alpaca o
seda negra lisa con un cuello cuadrado en la espalda, de 20 pulgadas de largo
por 17 pulgadas de ancho y que se continúa en la parte delantera a cada lado de
la abertura del frente con una franja de 7 pulgadas de ancho hasta el ruedo y
unida al borde de la toga. El cuello y estas franjas serán de tela negra, lisa,
brillante y forrados. La toga será lisa excepto el paño de atrás que será
tachonado a partir de la cintura. Las mangas serán tachonadas en el hombro y con
una bocamanga (parte de la manga que está más cerca de la muñeca) de 6 pulgadas
de ancho, y de la misma calidad de la tela del cuello y de las
franjas.
EL COLOR DE LAS
BOCAMANGAS ES LA MANERA SIGUIENTE:
·
Para los jueces de la
Suprema Corte de Justicia, morado obispo.
·
Para los jueces de las
Cortes de Apelación y del Tribunal de Tierras, la mitad superior, morado obispo
y la otra mitad negra.
·
Para los jueces de
Primera Instancia negra con un filete morado obispo de un cuarto de pulgada de
ancho en el borde superior.
·
Para los procuradores
generales y procuradores fiscales, negra y azul copenhague en la misma forma
usada por los Jueces de las Cortes o Tribunales donde ejercen sus funciones.
Para los abogados la bocamanga será negra.
Los funcionarios y
abogados usarán en estrado camisa blanca y corbata
negra.