
CAPÍTULO
V
DE LA
POBLACIÓN
SECCIÓN
I
DE LA
NACIONALIDAD
Artículo
18.- Nacionalidad. Son
dominicanas y dominicanos:
1) Los
hijos e hijas de madre o padre dominicanos;
2)
Quienes gocen de la nacionalidad dominicana antes de la entrada en vigencia de
esta Constitución;
3) Las
personas nacidas en territorio nacional, con excepción de los hijos e hijas de
extranjeros miembros de legaciones diplomáticas y consulares, de extranjeros que
se hallen en tránsito o residan ilegalmente en territorio dominicano. Se
considera persona en tránsito a toda extranjera o extranjero definido como tal
en las leyes dominicanas;
4) Los
nacidos en el extranjero, de padre o madre dominicanos, no obstante haber
adquirido, por el lugar de nacimiento, una nacionalidad distinta a la de sus
padres. Una vez alcanzada la edad de dieciocho años, podrán manifestar su
voluntad, ante la autoridad competente, de asumir la doble nacionalidad o
renunciar a una de ellas;
5)
Quienes contraigan matrimonio con un dominicano o dominicana, siempre que opten
por la nacionalidad de su cónyuge y cumplan con los requisitos establecidos por
la ley;
6) Los
descendientes directos de dominicanos residentes en el
exterior;
7) Las
personas naturalizadas, de conformidad con las condiciones y formalidades
requeridas por la ley.
Párrafo.- Los
poderes públicos aplicarán políticas especiales para conservar y fortalecer los
vínculos de la Nación dominicana con sus nacionales en el exterior, con la meta
esencial de lograr mayor integración.
Artículo
19.- Naturalización. Las y
los extranjeros pueden naturalizarse conforme a la ley, no pueden optar por la
presidencia o vicepresidencia de los poderes del Estado, ni están obligados a
tomar las armas contra su Estado de origen. La ley regulará otras limitaciones a
las personas naturalizadas.
Artículo
20.- Doble nacionalidad. Se
reconoce a dominicanas y dominicanos la facultad de adquirir una nacionalidad
extranjera. La adquisición de otra nacionalidad no implica la pérdida de la
dominicana.
Párrafo.-
Las
dominicanas y los dominicanos que adopten otra nacionalidad, por acto voluntario
o por el lugar de nacimiento, podrán aspirar a la presidencia y vicepresidencia
de la República, si renunciaren a la nacionalidad adquirida con diez años de
anticipación a la elección y residieren en el país durante los diez años previos
al cargo. Sin embargo, podrán ocupar otros cargos electivos, ministeriales o de
representación diplomática del país en el exterior y en organismos
internacionales, sin renunciar a la nacionalidad
adquirida.
Administración Pública
Aplicación e Interpretación de los Derechos y Garantías Fundamentales
Asamblea Nacional Revisora
Asamblea Nacional y de la Reunión Conjunta de Ambas Cámara
Atribuciones del Congreso Nacional
Cámara de Diputados
Ciudadania
Concertación Social
Congreso Nacional
Consejo Nacional de la Magistratura
Consejo del Poder Judicial
Control Constitucional
Cortes de Apelación
Deberes Fundamentales
Defensa Pública y Asistencia Legal Gratuita
Defensor del Pueblo
Derechos Civiles y Politicos
Derechos Colectivos y del Medio Ambiente
Derechos Culturales y Deportivos
Derechos Económicos y Sociales
Disposiciones Comunes a Ambas Cámaras
Disposiciones Generales
Disposiciones Transitorias
Division Politico Administrativa
Estado de Excepción
Estado Social Democrático de Derecho
Estatuto de la Función Pública
Fondos Públicos, Contraloria y Cámara de Cuentas
Formación y Efecto de las Leyes
Fuerzas Armadas
Garantia de los Derechos Fundamentales
Idioma Oficial y Simbolos Patrios
Junta Central Electoral
Jurisdicción Contencioso Administrativa
Juzgado de Primera Instancia y Juzgado de Paz
Ministerio Público
Ministerios
Nacionalidad
Nación, Soberania y Gobierno
Organización del Territorio
Partidos Políticos
Planificación y Tributación
Poder Ejecutivo
Poder Judicial
Policia Nacional
Preambulo
Presupuesto General del Estado
Recursos Naturales
Rendición de Cuentas al Congreso
Reforma Constitucional
Regimen de extranjeria
Regimen económico
Regimen Fronterizo
Regimen Montetario y Financiero
Relaciones Internacionales y Derecho Internacional
Seguridad y Defensa
Senado
Servicio Públicos
Sistema Electoral
Suprema Corte de Justicia
Territorio Nacional
Tribunal Superior Electoral