
TÍTULO
XI
DEL
RÉGIMEN ECONÓMICO Y FINANCIERO Y DE LA
CÁMARA
DE CUENTAS
CAPÍTULO
I
DEL
RÉGIMEN ECONÓMICO
SECCIÓN
I
PRINCIPIOS
RECTORES
Artículo
217.- Orientación y fundamento. El
régimen económico se orienta hacia la búsqueda del desarrollo humano. Se
fundamenta en el crecimiento económico, la redistribución de la riqueza, la
justicia social, la equidad, la cohesión social y territorial y la
sostenibilidad ambiental, en un marco de libre competencia, igualdad de
oportunidades, responsabilidad social, participación y
solidaridad.
Artículo
218.- Crecimiento sostenible. La
iniciativa privada es libre. El Estado procurará, junto al sector privado, un
crecimiento equilibrado y sostenido de la economía, con estabilidad de precios,
tendente al pleno empleo y al incremento del bienestar social, mediante
utilización racional de los recursos disponibles, la formación permanente de los
recursos humanos y el desarrollo científico y tecnológico.
Artículo
219.- Iniciativa privada. El
Estado fomenta la iniciativa económica privada, creando las políticas necesarias
para promover el desarrollo del país. Bajo el principio de subsidiaridad el
Estado, por cuenta propia o en asociación con el sector privado y solidario,
puede ejercer la actividad empresarial con el fin de asegurar el acceso de la
población a bienes y servicios básicos y promover la economía
nacional.
Párrafo.-
Cuando
el Estado enajene su participación en una empresa, podrá tomar las medidas
conducentes a democratizar la titularidad de sus acciones y ofrecerá a sus
trabajadores, a las organizaciones solidarias y de trabajadores, condiciones
especiales para acceder a dicha propiedad accionaria. La ley reglamentará la
materia.
Artículo
220.- Sujeción al ordenamiento jurídico. En todo
contrato del Estado y de las personas de Derecho Público con personas físicas o
jurídicas extranjeras domiciliadas en el país, debe constar el sometimiento de
éstas a las leyes y órganos jurisdiccionales de la República. Sin embargo, el
Estado y las demás personas de Derecho Público pueden someter las controversias
derivadas de la relación contractual a jurisdicciones constituidas en virtud de
tratados internacionales vigentes. Pueden también someterlas a arbitraje
nacional e internacional, de conformidad con la ley.
Artículo
221.- Igualdad de tratamiento. La
actividad empresarial, pública o privada, recibe el mismo trato legal. Se
garantiza igualdad de condiciones a la inversión nacional y extranjera, con las
limitaciones establecidas en esta Constitución y las leyes. La ley podrá
conceder tratamientos especiales a las inversiones que se localicen en zonas de
menor grado de desarrollo o en actividades de interés nacional, en particular
las ubicadas en las provincias fronterizas.
Artículo
222.- Promoción de iniciativas económicas populares. El
Estado reconoce el aporte de las iniciativas económicas populares al desarrollo
del país; fomenta las condiciones de integración del sector informal en la
economía nacional; incentiva y protege el desarrollo de la micro, pequeña y
mediana empresa, las cooperativas, las empresas familiares y otras formas de
asociación comunitaria para el trabajo, la producción, el ahorro y el consumo,
que generen condiciones que les permitan acceder a financiamiento, asistencia
técnica y capacitación oportunos.
Administración Pública
Aplicación e Interpretación de los Derechos y Garantías Fundamentales
Asamblea Nacional Revisora
Asamblea Nacional y de la Reunión Conjunta de Ambas Cámara
Atribuciones del Congreso Nacional
Cámara de Diputados
Ciudadania
Concertación Social
Congreso Nacional
Consejo Nacional de la Magistratura
Consejo del Poder Judicial
Control Constitucional
Cortes de Apelación
Deberes Fundamentales
Defensa Pública y Asistencia Legal Gratuita
Defensor del Pueblo
Derechos Civiles y Politicos
Derechos Colectivos y del Medio Ambiente
Derechos Culturales y Deportivos
Derechos Económicos y Sociales
Disposiciones Comunes a Ambas Cámaras
Disposiciones Generales
Disposiciones Transitorias
Division Politico Administrativa
Estado de Excepción
Estado Social Democrático de Derecho
Estatuto de la Función Pública
Fondos Públicos, Contraloria y Cámara de Cuentas
Formación y Efecto de las Leyes
Fuerzas Armadas
Garantia de los Derechos Fundamentales
Idioma Oficial y Simbolos Patrios
Junta Central Electoral
Jurisdicción Contencioso Administrativa
Juzgado de Primera Instancia y Juzgado de Paz
Ministerio Público
Ministerios
Nacionalidad
Nación, Soberania y Gobierno
Organización del Territorio
Partidos Políticos
Planificación y Tributación
Poder Ejecutivo
Poder Judicial
Policia Nacional
Preambulo
Presupuesto General del Estado
Recursos Naturales
Rendición de Cuentas al Congreso
Reforma Constitucional
Regimen de extranjeria
Regimen económico
Regimen Fronterizo
Regimen Montetario y Financiero
Relaciones Internacionales y Derecho Internacional
Seguridad y Defensa
Senado
Servicio Públicos
Sistema Electoral
Suprema Corte de Justicia
Territorio Nacional
Tribunal Superior Electoral