
Jurisprudencia sobre vehículo dejado en el parqueo de
Hotel
Considerando, que, en el examen de la cuestión referente a la
responsabilidad por los daños causados al vehículo de un cliente hospedado en el
hotel hoy recurrente y que éste ofrece un servicio adicional a sus potenciales
clientes, no pueden menospreciarse los efectos de la publicidad en la relación
contractual que se genera entre ellos, las características y alcances de la
oferta realizada por el empresario hotelero y las obligaciones que surgen en
consecuencia;
Considerando, que dicho contrato de hospedaje es entendido como un todo
complejo en cuya formación tiene gran incidencia la publicidad y, aludiendo
específicamente al que se conviene entre el hotel y los consumidores, aquél
tiene la obligación, porque así lo ha ofrecido al llegar los huéspedes al hotel
encontrando un área designada para estacionamiento de los huéspedes del mismo,
mientras estos se encuentren en el hotel; que el servicio de estacionamiento
gratuito, siendo una prestación accesoria y complementaria, genera en el hotel
la obligación de custodia y guarda del vehículo, pues es de suma importancia
para el cliente confiar en que el hotel va a adoptar las medidas y precauciones
necesarias para alcanzar ese fin, cumpliendo con los elementos de prudencia y
diligencia, ya que el uso del estacionamiento ha sido uno de los factores que
posibilitaron la contratación principal, es decir, la de hospedaje; por tanto,
procede que sean desestimados los medios examinados, por infundados, y con ello
rechazado el presente recurso de casación;